Territorio Chocoano Noticias - Quibdó (Chocó)

Tuesday
May 22nd
Text size
  • Increase font size
  • Default font size
  • Decrease font size

Pliego de cargos contra Alcalde de Quibdó y Junta Directiva del Ismael Roldán en 2006

La Procuraduría General de la Nación formuló pliego de cargos contra Harvis Arturo Rentería Rivas, en su calidad de Jefe Administrativo de la Empresa Social del Estado y Secretario Ejecutivo (Ad hoc) de la Junta Directiva del Hospital Local “Ismael Roldan Valencia” de Quibdó, por posibles decisiones irregulares adoptadas por la Junta directiva de ese organismo adoptadas en el año 2006.
La decisión disciplinaria también afecta al Alcalde de Quibdó, Francis Ceballos Mosquera, en su calidad de “aparente” presidente de la Junta Directiva del Hospital y los miembros de la Junta directiva Carlos Enrique Peña Copete, Alexis Baldrich Lozano y Euclides Córdoba Moreno.
La Procuraduría busca establecer si los señalados funcionarios actuaron, por fuera del marco de su competencia, en varias discusiones extraordinarias sostenidas en el año 2006 y que con su voto habrían permitido:
- La aprobación de un acuerdo mediante el cual se objeta el proceso de selección para la escogencia de la terna al cargo de gerente.
- Declarar el incumplimiento de la ESAP de varias cláusulas contempladas en el convenio 001 del 24 de enero de 2006 mediante el cual se pretendía aunar esfuerzos y recursos técnicos, administrativos y financieros entre las partes para adelantar el proceso público de selección por meritos de los candidatos que harán parte de la terna para la designación del gerente del Hospital Ismael Roldán valencia de Quibdó (Chocó).
- Y el Acuerdo 005 del 19 de julio de 2006 por medio del cual se declara desierto el concurso de méritos para la escogencia de la terna al cargo de gerente del Hospital
En el caso del Alcalde de Quibdó, las pruebas señalan que en su condición de Presidente “aparente” de la Junta la Procuraduría habría refrendado con su firma los actos ya señalados, sin tener facultades para ello, “toda vez que quien debía expedir los actos administrativos de incumplimiento y de declaratoria de desierto si existiere motivación legal para ello, era el era el gerente de la ESE Hospital Local “Ismael Roldán Valencia”.
ismael roldanLa Procuraduría General de la Nación formuló pliego de cargos contra Harvis Arturo Rentería Rivas, en su calidad de Jefe Administrativo de la Empresa Social del Estado y Secretario Ejecutivo (Ad hoc) de la Junta Directiva del Hospital Local “Ismael Roldan Valencia” de Quibdó, por posibles decisiones irregulares adoptadas por la Junta directiva de ese organismo adoptadas en el año 2006.

La decisión disciplinaria también afecta al Alcalde de Quibdó, Francis Ceballos Mosquera, en su calidad de “aparente” presidente de la Junta Directiva del Hospital y los miembros de la Junta directiva Carlos Enrique Peña Copete, Alexis Baldrich Lozano y Euclides Córdoba Moreno.

La Procuraduría busca establecer si los señalados funcionarios actuaron, por fuera del marco de su competencia, en varias discusiones extraordinarias sostenidas en el año 2006 y que con su voto habrían permitido:

- La aprobación de un acuerdo mediante el cual se objeta el proceso de selección para la escogencia de la terna al cargo de gerente.

- Declarar el incumplimiento de la ESAP de varias cláusulas contempladas en el convenio 001 del 24 de enero de 2006 mediante el cual se pretendía aunar esfuerzos y recursos técnicos, administrativos y financieros entre las partes para adelantar el proceso público de selección por meritos de los candidatos que harán parte de la terna para la designación del gerente del Hospital Ismael Roldán valencia de Quibdó (Chocó).

- Y el Acuerdo 005 del 19 de julio de 2006 por medio del cual se declara desierto el concurso de méritos para la escogencia de la terna al cargo de gerente del Hospital

En el caso del Alcalde de Quibdó, las pruebas señalan que en su condición de Presidente “aparente” de la Junta la Procuraduría habría refrendado con su firma los actos ya señalados, sin tener facultades para ello, “toda vez que quien debía expedir los actos administrativos de incumplimiento y de declaratoria de desierto si existiere motivación legal para ello, era el era el gerente de la ESE Hospital Local “Ismael Roldán Valencia”.

 

Escribir un comentario

Las opiniones expresadas aquí por los usuarios son libres y de ellas son responsables sus autores. No comprometen el pensamiento editorial de Territorio Chocoano Noticias. Los comentarios ofensivos, racistas y discriminatorios que inciten a la violencia o que infrinjan leyes colombianas serán eliminados.