La Administración municipal de Quibdó estableció la restricción de “Pico y Placa” a la circulación de vehículos particulares de acuerdo con su número de placa, con el propósito de facilitar el tránsito en Quibdó.
La restricción que está reglamentada por el Decreto 381 del 6 de septiembre de 2010, se aplicará a partir del 23 de septiembre, de lunes a viernes, desde las 08:00 a.m. hasta las 07:00 p.m.
La programación del Pico y Placa acuerdo con el último digito de la placa, es la siguiente:
1. Lunes: Para vehículos con placas terminadas en 9 y 3.
2. Martes: Para vehículos con placas terminadas en 5 y 8
3. Miércoles: Para vehículos con placas terminadas en 7 y 0
4. Jueves: Para vehículos con placas terminadas en 1 y 6
5. Viernes: Para vehículos con placas terminadas en 2 y 4
Quedan exentos de esta medida los vehículos utilizados por los miembros activos de los Organismos de Seguridad del Estado (Policía Nacional, DAS, Sijín y CTI), Organismo de Socorro, Periodistas y funcionarios de los organismos de Tránsito que se encuentren en el ejercicio de sus funciones.
La Policía de Tránsito se encargará del cumplimiento de esta disposición y sancionará con 30 salarios mínimos diarios legales vigentes e inmovilizará el vehículo por un término de 120 horas. 15 días antes de la fecha en que inicie a regir la medida se impondrán comparendos pedagógicos para informar a los infractores, sin que haya alguna sanción.
Fuente: Prensa - Alcaldía de Quibdó
La Administración municipal de Quibdó estableció la restricción de “Pico y Placa” a la circulación de vehículos particulares de acuerdo con su número de placa, con el propósito de facilitar el tránsito en Quibdó.La restricción que está reglamentada por el Decreto 381 del 6 de septiembre de 2010, se aplicará a partir del 23 de septiembre, de lunes a viernes, desde las 08:00 a.m. hasta las 07:00 p.m.
La programación del Pico y Placa acuerdo con el último digito de la placa, es la siguiente:
1. Lunes: Para vehículos con placas terminadas en 9 y 3.
2. Martes: Para vehículos con placas terminadas en 5 y 8
3. Miércoles: Para vehículos con placas terminadas en 7 y 0
4. Jueves: Para vehículos con placas terminadas en 1 y 6
5. Viernes: Para vehículos con placas terminadas en 2 y 4
Quedan exentos de esta medida los vehículos utilizados por los miembros activos de los Organismos de Seguridad del Estado (Policía Nacional, DAS, Sijín y CTI), Organismo de Socorro, Periodistas y funcionarios de los organismos de Tránsito que se encuentren en el ejercicio de sus funciones.
La Policía de Tránsito se encargará del cumplimiento de esta disposición y sancionará con 30 salarios mínimos diarios legales vigentes e inmovilizará el vehículo por un término de 120 horas. 15 días antes de la fecha en que inicie a regir la medida se impondrán comparendos pedagógicos para informar a los infractores, sin que haya alguna sanción.
Fuente: Prensa - Alcaldía de Quibdó



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